Un mar sin orillas

Caso práctico: Divorciados vueltos a casar civilmente y vida sacramental

Sonsoles y Manolo conviven desde hace seis años. Tienen una niña que acaba de cumplir los tres, a la que bautizaron a las pocas semanas de nacer. Recientemente han contraído matrimonio civil, después de que Manolo obtuviera el divorcio de su anterior matrimonio –celebrado por la Iglesia– con Virginia. El matrimonio civil era conveniente, desde el punto de vista legal, para poder ver reconocidos algunos derechos y que Sonsoles pudiera conseguir el permiso de residencia en el país.

Tanto Manolo como Sonsoles provienen de familias cristianas, y desean regularizar su situación y poder recibir los sacramentos: se les hace muy duro no poder confesarse y comulgar. Manolo ha participado en medios de formación cristiana durante un tiempo y allí ha conocido a Fernando, del que se ha hecho buen amigo y confía en él para contarle sus inquietudes de vida cristiana.

Tras sucesivas conversaciones con Fernando, según iban aumentando la confianza y la amistad, Manolo le explicó su actual situación con Sonsoles. Le confió que ahora se daba cuenta de que se casó con Virginia con casi ninguna preparación. Ella no tenía apenas principios cristianos, se negó a tener hijos y se separaron al poco tiempo. Un abogado, conocido de Sonsoles, les ha explicado que sería posible obtener la declaración de nulidad matrimonial por exclusión del bien de la prole por parte de Virginia. Así las cosas, le pregunta a Fernando qué le parece todo esto y qué podría hacer para empezar una vida cristiana en serio. Fernando le recomienda lo siguiente:

1) intensificar la vida cristiana: rezar y participar en la Santa Misa; tratar de disponerse cuanto antes para poder confesarse y recibir la absolución;
2) acudir a un experto para ver si la causa de nulidad tiene fundamento y si sería posible llevarla adelante; de otro modo, sería mejor separase cuanto antes;
3) acudir también a un sacerdote, que pueda ayudarles a valorar si su situación –la niña es pequeña, y necesitada de sus padres– es del tipo de la que se describe en la Exhortación apostólica Amoris laetitia, n. 298, cuando menciona que en ocasiones la separación no es planteable. En ese caso, si se deciden a vivir tamquam frater et soror, podrían confesarse, y acudir a recibir la Comunión en un lugar donde no se les conozca.

Se pregunta:

¿Son adecuados los consejos que ha dado Fernando y el itinerario que le propone de cara a recibir el sacramento de la confesión y más en general su vida sacramental?

Caso 5. Ficha técnica
Sobre los consejos que Fernando da a Manolo y a Sonsoles:

1) Intensificar la vida cristiana: rezar y participar en la Santa Misa; tratar de disponerse cuanto antes para poder confesarse y comulgar.

Fernando ha entendido bien el principio que debe guiar la actitud de los cristianos que desean ayudar a personas que se encuentran en esa multiplicidad de circunstancias llamadas “situaciones irregulares”. El Papa Francisco lo ha escrito así: “se trata de integrar a todos, se debe ayudar a cada uno a encontrar su propia manera de participar en la comunidad eclesial (…), evitando cualquier ocasión de escándalo. La lógica de la integración es la clave del acompañamiento pastoral” . Entre estas formas de participar en la comunidad eclesial, además de la asistencia a misa que les dice Fernando, hay muchísimas otras: la asistencia a cursos de Biblia u otros que organice la parroquia, la formación cristiana personal y de los hijos, que hagan oración, la devoción a la Santísima Virgen vivida en familia, que imploren la misericordia divina, que hagan obras de misericordia, de voluntariado, de penitencia. También se recomienda el diálogo con el sacerdote, aunque todavía no puedan confesarse. No tendría sentido que el apostolado y la evangelización de los divorciados unidos de nuevo civilmente se redujese a la posibilidad de recibir o no la comunión.

2) Acudir a un experto para ver si la causa de nulidad tiene fundamento y si sería posible llevarla adelante. En ese caso, podrían casarse; de otro modo, sería mejor separase cuanto antes.

En este caso concreto, como no parece que haya ninguna posibilidad de volver con la primera mujer y convalidar o sanar el matrimonio, se puede recurrir al Tribunal eclesiástico en los términos que enseguida se van a indicar.
Pero conviene tener siempre presente que se deben poner los medios para que, en los casos en que sea posible, los cónyuges convaliden la unión o recurran a la sanación. No sólo se debe promover la unión conyugal cuando hay un matrimonio válido; también, cuando consta la posibilidad de nulidad matrimonial, se deben emplear los medios pastorales necesarios para inducir a los cónyuges, si es posible, a convalidar su matrimonio y a restablecer la convivencia conyugal.

Si, como se deprende de la narración del caso, esta posibilidad no es factible, y se piensa que el primer matrimonio puede ser nulo, conviene que acudan a un experto con buena formación (p.e., un abogado canonista) –como se recuerda en la Exhortación apostólica Sacramentum Caritatis, n. 29– pues la declaración de nulidad abriría el camino a la regularización de la segunda unión. En este caso, no hay que crear falsas esperanzas y explicar muy bien, sin dar nada por supuesto, que no se trata de un simple formalismo, sino de someter el propio caso a la autoridad competente de la Iglesia –tribunal eclesiástico– para conocer la verdad sobre el propio estado, sin pretender anticipar ese juicio, incluso aunque tuvieran la certeza moral subjetiva de la nulidad de su matrimonio. De este modo, se evita el peligro de convertir la declaración de nulidad en un instrumento para resolver el problema creado por el fracaso de un primer matrimonio.

Con respecto al consejo de Fernando que les dice que, si no se puede llevar adelante la causa “sería mejor separarse cuanto antes”, es importante tener en cuenta que se debe llevar a estas personas por un plano inclinado y valorar que, en muchos casos, si se les dice que tienen que separarse y que el marido tiene obligación de volver con la auténtica esposa, se está dando un consejo imposible de realizar. En nuestro caso concreto, parece que hay motivos claros para que no se separen y, además, de hecho, no existe la posibilidad de restablecer la unión precedente. Como se dice en la Exhortación apostólica Amoris laetitia, n. 298: “La Iglesia reconoce situaciones en que, por motivos serios —como, por ejemplo, la educación de los hijos—, el hombre y la mujer no pueden cumplir la obligación de la separación” .

3) Valorar si su situación —la niña es pequeña, y necesitada de sus padres—, es del tipo de la que se describe en la Exhortación apostólica Amoris laetitia, n. 298, cuando menciona que en ocasiones la separación no es planteable. En ese caso, si se deciden a vivir tamquam frater et soror, podrían confesarse, y acudir a recibir la Comunión en un lugar donde no se les conozca.

Con los datos que se dan, parece difícil que Manolo abandone a Sonsoles y vuelva con Virginia, no sólo porque privarían a la hija pequeña del ambiente familiar, sino también porque Sonsoles podría quedar en situación de abandono y tener problemas con la residencia. Por lo tanto, como ambos quieren hacer las cosas bien y volver a la práctica de los sacramentos, nos encontraríamos en la situación expuesta en Familiaris Consortio, n. 84, y en Sacramentum Caritatis, n. 29 ya mencionadas. En consecuencia, si reconocen su situación objetiva y deciden hacer todo lo que esté en sus manos para resolverla, es decir, someter al juicio de la Iglesia la validez o nulidad de la anterior unión entre Manolo y Virginia, acatar la decisión que declara la verdad de su situación, y vivir como amigos o como hermano y hermana, entonces dan muestra de verdadero arrepentimiento y pueden recibir la absolución y, por ende, comulgar.

En este último supuesto, conviene precisar dónde deberían ir a recibir la comunión. Fernando les dice “en un lugar en donde no se les conozca”. En realidad, no se trata tanto de un lugar “donde no se les conozca”, sino más bien donde no se conozca su situación. En nuestros días es muy frecuente, debido a la gran movilidad, que no se sepa que una pareja que frecuenta la iglesia está en situación irregular y todos piensan que son marido y mujer. En este caso, si no hay peligro de escándalo, no hay inconveniente en que asistan a la Santa Misa y comulguen (con las condiciones antes mencionadas) en la iglesia donde, aunque se les conozca, no se sabe que no se han casado por la Iglesia. Si alguna persona conociera sus circunstancias y manifestara extrañeza de que se acercan a la comunión, se podría explicar la decisión asumida y el testimonio de vida cristiana que en una situación tan difícil están resueltos a dar. En la actualidad, el testimonio de personas que luchan por vivir de acuerdo con la indisolubilidad del matrimonio y están dispuestas a comportarse según las exigencias de la moral cristiana será una buena catequesis, también para desterrar la praxis errónea de admitir a la Eucaristía a los divorciados vueltos a unir civilmente.

H.F.

Notas:

1. Papa Francisco, Exhortación Apostólica Amoris laetitia, nn. 297, 299. Acerca del escándalo, para que se entienda mejor, se recoge de ese mismo documento, n. 297, esta frase: “obviamente, si alguien ostenta un pecado objetivo como si fuese parte del ideal cristiano, o quiere imponer algo diferente a lo que enseña la Iglesia, no puede pretender dar catequesis o predicar, y en ese sentido hay algo que lo separa de la comunidad”. Acerca de modos de integración, también se podrían añadir otros aspectos que se recuerdan en las Exhortaciones apostólicas Familiaris Consortio, n. 84, y Sacramentum Caritatis, n. 29.

2. Además, por abundar en este sentido, otra Exhortación apostólica, Sacramentum Caritatis, en el n. 29 señala, después de hablar de la posible nulidad de la primera unión, que «cuando no se reconoce la nulidad del vínculo matrimonial y se dan las condiciones objetivas que hacen la convivencia irreversible de hecho, la Iglesia anima a estos fieles a esforzarse por vivir su relación según las exigencias de la ley de Dios, como amigos, como hermano y hermana; así podrán acercarse a la mesa eucarística, según las disposiciones previstas por la praxis eclesial. Para que semejante camino sea posible y produzca frutos, deben contar con la ayuda de los pastores y con iniciativas eclesiales apropiadas, evitando en todo caso la bendición de estas relaciones, para que no surjan confusiones entre los fieles sobre del valor del matrimonio (cfr. Propositio 40)».

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